Nulidad del Reglamento:
Las disposiciones del reglamento son nulas si no cumplen con las normas legales, las reglas de la ley o las características del condominio.
La nulidad puede ser total o parcial y se hace efectiva mediante una sentencia judicial firme y ejecutoriada.
Los copropietarios afectados por disposiciones defectuosas pueden solicitar la impugnación, excepto aquellos que causaron el problema o lo aceptaron después de conocerlo.
Procedimiento de Impugnación:
La impugnación se realiza mediante un procedimiento judicial especificado en la ley.
La solicitud de nulidad se notifica al administrador del condominio, quien debe informar a todos los copropietarios.
Cualquier copropietario puede unirse al juicio una vez que se ha presentado la solicitud de nulidad.
Modificación del Reglamento:
Si la parte solicitante sufre un perjuicio no reparable solo con la nulidad, el tribunal puede proponer enmiendas a las disposiciones defectuosas. Estas enmiendas deben ser ratificadas por la asamblea de copropietarios o se considerarán aprobadas si la asamblea no se pronuncia dentro del plazo establecido por el tribunal.
Excepciones y Requisitos del Procedimiento:
Se aplican ciertas excepciones y requisitos al procedimiento judicial, incluyendo la obligación de tener representación legal y la notificación a los copropietarios.
La omisión del administrador de comunicar la impugnación a los copropietarios no invalida la notificación, pero el administrador es responsable por los daños que esto cause.
Asignación y Beneficios - Imponibilidad I. Generalidades El inciso 1° del artículo 41 del Código del Trabajo, define a las remuneraciones como "las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo." De acuerdo a lo anteriormente indicado, puede decirse que la remuneración tiene las siguientes características: Se trata de una prestación en dinero o en especies avaluables en dinero. Esto significa que las remuneraciones pueden ser pagadas, parte en pesos ($) y parte en especies. Las especies avaluables en dinero son aquellas regalías o beneficios que percibe el trabajador por causa del contrato de trabajo y que se entregan en especies físicas, como por ejemplo: casa habitación, la tierra (en el caso de trabajadores agrícolas), la regalía de pan. Se trata de una contraprestación que debe tener como causa el contrato de trabajo, sea individual o colectivo. Esto significa...
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