A contar del 01 de septiembre de 2023 el Ingreso Mínimo Mensual es de: $460.000 para trabajadores mayores de 18 años y de hasta 65 años. $343.150 para trabajadores menores de 18 años y mayores de 65 años. $296.511 para fines no remuneracionales
La Ley N°21.578 (publicada en el Diario Oficial de fecha 30.05.2022), en su artículo 1° establece que, a partir del 1 de septiembre de 2023 el ingreso mínimo para trabajadores mayores de 18 años y de hasta 65 años es de $460.000.
Por su parte, el artículo 5° establece que, a contar de la misma fecha, el monto del ingreso mínimo para trabajadores menores de 18 años y mayores de 65 años es de $343.150, en tanto que, el ingreso mínimo para fines no remuneracionales queda fijado en $296.511.
A partir del 1 de Julio de 2024 el ingreso mínimo mensual para los trabajadores y las trabajadoras mayores de 18 y de hasta 65 años será de $500.000.
En caso de que la inflación acumulada de 2023 (IPC enero-diciembre 2023) supere el 6% el citado ingreso mínimo mensual será de $470.000 a contar del 1 de enero de 2024.
Por otra parte, la ley establece un reajuste automático del ingreso mínimo mensual conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC) que se registre entre los meses de julio a diciembre de 2024, el cual se aplicará desde el 1 de enero de 2025.
(VER:Ley 21.578, Diario Oficial de 30.05.2023)
Asignación y Beneficios - Imponibilidad I. Generalidades El inciso 1° del artículo 41 del Código del Trabajo, define a las remuneraciones como "las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo." De acuerdo a lo anteriormente indicado, puede decirse que la remuneración tiene las siguientes características: Se trata de una prestación en dinero o en especies avaluables en dinero. Esto significa que las remuneraciones pueden ser pagadas, parte en pesos ($) y parte en especies. Las especies avaluables en dinero son aquellas regalías o beneficios que percibe el trabajador por causa del contrato de trabajo y que se entregan en especies físicas, como por ejemplo: casa habitación, la tierra (en el caso de trabajadores agrícolas), la regalía de pan. Se trata de una contraprestación que debe tener como causa el contrato de trabajo, sea individual o colectivo. Esto significa...
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